Este artículo dice:"El Congreso no puede conceder al Ejecutivo nacional, ni las Legislaturas provinciales a los gobernadores de provincia, facultades extraordinarias, ni la suma del poder público, ni otorgarles sumisiones o supremacías por las que la vida, el honor o las fortunas de los argentinos queden a merced de gobiernos o persona alguna." Recordemos que las facultades delegadas al Presidente de la Nación están en el proyecto de Ley conocido como Ley Bases que ya está con media sanción de Diputados. Esta semana se trata en Senadores.
El Licenciado recorrió en la conversación aspectos relevantes del marco institucional, los poderes que los conforman y como esto condiciona la cultura y los discursos políticos en momentos específicos de nuestra historia.
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