Jueves, 31 Octubre 2024

Facultades delegadas : Qué dice la Constitución Nacional?

Publicado el Martes, 07 Mayo 2024 15:16 Escrito por

En la mañana de Calle Angosta Radio y Streaming, estuvo el Lic. Hugo Perez Navarro, quien realizó un interesante análisis de lo que respecto a las facultades delegadas dice el texto constitucional del estado argentino y puntualmente el Art.29 . 

Este artículo dice:"El Congreso no puede conceder al Ejecutivo nacional, ni las Legislaturas provinciales a los gobernadores de provincia, facultades extraordinarias, ni la suma del poder público, ni otorgarles sumisiones o supremacías por las que la vida, el honor o las fortunas de los argentinos queden a merced de gobiernos o persona alguna." Recordemos que las facultades delegadas al Presidente de la Nación están en el proyecto de Ley conocido como Ley Bases que ya está con media sanción de Diputados. Esta semana se trata en Senadores.

El Licenciado recorrió en la conversación aspectos relevantes del marco institucional, los poderes que los conforman y como esto condiciona la cultura y los discursos políticos en momentos específicos de nuestra historia. 

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