Hasta la fecha, todos los emprendimientos relacionados con la producción de cannabis en Argentina se regían por la ley 27.350, que solo promovía la investigación científica en este campo. Sin embargo, con la nueva reglamentación, estas actividades deberán ajustarse a los nuevos parámetros establecidos por la ley de cannabis medicinal.
La reglamentación define varios términos clave, como "Planta de Cannabis", que se refiere a toda planta de Cannabis Sativa L. También distingue entre "Cannabis psicoactivo", que contiene un contenido de tetrahidrocannabinol (THC) superior al 1% en peso seco, y "Cáñamo" o "Cáñamo industrial y/u hortícola", que se refiere a la planta de cannabis, sus partes, semillas y derivados, con un contenido de THC de hasta el límite máximo del 1%, destinados a fines industriales o hortícolas.
Asimismo, la reglamentación establece la creación de la Agencia Nacional de Cáñamo y el Cannabis Industrial (ARICCAME), que será el organismo regulador encargado de supervisar la producción y comercialización de cannabis medicinal e industrial en Argentina. Esta agencia funcionará en el ámbito del Ministerio de Economía.
Con esta reglamentación, el Gobierno busca fomentar el desarrollo de la industria del cannabis medicinal en el país y establecer un marco claro para su producción y comercialización con fines medicinales e industriales, garantizando así la seguridad y calidad de los productos y promoviendo la investigación científica en el campo del cannabis medicinal.